¿Están los establecimientos de restauración obligados a ofrecer carta de alérgenos a sus clientes...?

¿Están los establecimientos de restauración obligados a ofrecer carta de alérgenos a sus clientes...?

La ausencia de tratamientos efectivos para las alergias alimentarias pone de manifiesto la necesidad de una normativa que obligue a los establecimientos a ser claros en este tema. En la actualidad la prevalencia de las alergias alimentarias en España y su respectivo impacto en la seguridad y el bienestar de los consumidores, ha llevado a la implementación de estrictas normativas sobre la información de alérgenos en la industria de la hostelería.

 

Esta regulación afecta directamente a la operación de bares, restaurantes y otros establecimientos alimentarios, donde su incumplimiento puede resultar en consecuencias legales serias.

El marco legal actual en España sobre información alimentaria se fundamenta en el Reglamento (UE) Nº 1169/2011 y su desarrollo a nivel nacional se articula a través del Real Decreto 126/2015. Estas normativas exigen que todos los operadores alimentarios, incluyendo bares y restaurantes, proporcionen información clara y accesible sobre la presencia de alérgenos en los alimentos que venden o sirven. Esta obligación se aplica tanto a los alimentos preenvasados como a los servidos sin envasar.

La ley permite diversas formas de informar sobre los alérgenos: mediante etiquetas, carteles, menús escritos, comunicación oral o registros electrónicos; y en cualquier modalidad elegida, resulta crucial que la información sea precisa y fácilmente accesible para el consumidor. Además si la información se ofrece de manera oral, debe existir un registro escrito o electrónico disponible a petición del consumidor.

Así las cosas, los establecimientos deben asegurarse de que los clientes estén debidamente informados sobre los alérgenos presentes en sus productos, una obligación que incluye proporcionar un registro detallado de los alérgenos, ya sea en formato físico o digital, incluso si la información se proporciona oralmente.

El incumplimiento de estas normativas puede resultar en sanciones significativas, que empiezan con multas de 5.000 a 600.000 euros; y en casos de infracciones graves, las autoridades incluso tienen la potestad de cerrar temporalmente el establecimiento en pos de solucionar los problemas del establecimiento referentes a los alérgenos.

Si un consumidor se encuentra con un establecimiento que no cumple con la normativa de información sobre alérgenos, tiene el derecho de denunciarlo ante las autoridades sanitarias locales o autonómicas, que son las responsables de supervisar y hacer cumplir las normativas, aplicando las sanciones correspondientes en caso de ser necesario.

En este sentido, es importante que los consumidores estén informados sobre sus derechos y las obligaciones de los establecimientos, y la concienciación puede jugar un papel crucial en garantizar la seguridad alimentaria y proteger la salud de individuos con alergias alimentarias.

La normativa española en materia de alérgenos en hostelería es un paso esencial para proteger a los consumidores, especialmente a aquellos con alergias alimentarias; y los consumidores tienen el derecho y la responsabilidad de exigir el cumplimiento de estas normas y, en caso de incumplimiento, actuar denunciando a los establecimientos. Esto no solo protege su salud sino que también contribuye a elevar los estándares de seguridad alimentaria en la industria de la hostelería.

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